Misiones le cobró 300 años de impuestos anticipados a una empresa y generó un conflicto que involucró a Corrientes

La firma Las Marías, reconocida por la producción de té y yerba mate, inició una demanda contra el gobierno de Misiones. La causa gira en torno a la constitucionalidad de los anticipos de ingresos brutos (IIBB) que la provincia cobra a empresas radicadas o que operan en su territorio.
Las operaciones se concretan a través de una serie de resoluciones de la Agencia Tributaria misionera. La normativa incluye un sistema de retenciones, percepciones y pagos a futuro. El sistema se conoce como la “aduana paralela” y ha sido objeto de muchas quejas.
Según consta en el expediente, Las Marías adujo que, en promedio, cada mes le detraen de sus cuentas bancarias unos $333 millones. A este monto lo contrastó con los $2 millones que, como media, tiene que pagar de ingresos brutos. La diferencia entre una cifra y otra es de 17.105%.
A este gravamen se le suman el anticipo que abarca a los productos que ingresen a la provincia para compraventa; la detracción que tiene que practicar a sus clientes por IIBB y el especial de percepción que deben abonar las plantas de procesamiento de materias primas.
Las Marías presentó en el caso judicial sus certificaciones contables. Allí quedó manifiesto que la aplicación de estos regímenes suma un importe promedio mensual de pagos a cuenta de $598 millones. Si se anualiza esta cifra, los anticipos llegan a $7.171 millones.
En el otro plato de la balanza están los $23 millones que la empresa debe pagar por IIBB.
De allí que la firma cuestione que lo que la Provincia le haya retenido y percibido es el 30.718% de la obligación definitiva. En tiempo, equivale a 307 años de impuestos adelantados. Las Marías contrastó esto con que, por estatuto, tiene 99 años de duración.
Las inversiones frustradas
En su demanda, la empresa puso sobre la mesa que esta exacción le impidió realizar inversiones en Corrientes.
En su plan de negocios, Las Marías se adhirió a un programa que había impulsado esta provincia para ampliar su producción yerbatera. Sin embargo, alegó que el “ilegítimo régimen de recaudación” de Misiones y la “sumergen en la incertidumbre” de no poder cumplir con el cronograma de inversión en Corrientes.
Por eso, solicitó que esta provincia también intervenga en el expediente judicial. Lo mismo requirió con la Nación, porque las resoluciones tributarias cuestionadas afectan el sistema de liquidación de divisas.
El Gobierno correntino se presentó en el expediente como «tercero». Esta figura prevista en el Código Procesal Civil permite participar en un juicio a quien acredite que la sentencia podría afectar su propio interés.
Corrientes adhirió al reclamo de Las Marías. En este sentido, alegó que la política tributaria misionera “afecta su autonomía” y “anulan o tornan inocuos” sus planes yerbateros a corto, mediano y largo plazo.
El impacto también llegaría a las expectativas de recaudación tributaria correntina, así como al empleo y las iniciativas privadas de inversión. El efecto global se sentiría también en el desarrollo de Corrientes, postuló la provincia en su intervención.
En esa línea, alegó que la situación planteada genera riesgos en el sistema financiero provincial y otros de “gravedad institucional”.
El estado de la causa
La empresa expuso que hasta comienzos de 2025 había tenido excepciones que le alivianaban la carga fiscal. Pero se cortaron de improviso.
Por eso inició la demanda. En un principio, había logrado que el Juzgado Federal de Paso de los Libres (Corrientes) dicte una medida cautelar para frenar la vigencia de la normativa impositiva. Sin embargo, luego el Tribunal se declaró incompetente y remitió el caso a la Corte. El criterio fue que la competencia originaria correspondía a esa instancia por involucrar a una provincia.
Cuando este trámite estaba en marcha, el Superior Tribunal de Justicia de Misiones intervino. Se declaró competente y anuló la cautelar del Juzgado Federal de Paso de los Libres. La carga impositiva, entonces, volvió a recaer sobre la empresa.
La Procuración General de la Nación dictaminó hace unos meses que no se trata de un conflicto de competencia. Y que la Corte debe abocarse en el caso ya que hay una puja judicial que afecta a dos provincias.
Luego, el expediente pasó por la Secretaría de Asuntos Originarios de la Corte y entró en el giro de asuntos de las vocalías.
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