Fin del impuesto PAIS: a cuánto queda el dólar desde este lunes

El fin del tributo a operaciones cambiarias, vigente desde 2020, implica cambios en el régimen impositivo para operaciones en moneda extranjera.

ECONOMIAEl lunes
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Tal como estaba previsto, finaliza este lunes 23 de diciembre el impuesto PAIS dispuesto en la ley 27.541 en 2019, y que había mantenido hasta entonces.
Por tal motivo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó el pasado jueves una resolución en el Boletín Oficial en la que da cuenta de que el tributo no será reemplazado, pero confirma que el dólar tarjeta y el dólar solidario mantendrán el recargo del 30% en concepto de la percepción de Ganancias.

La medida se oficializó mediante la Resolución General 5617/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial. De acuerdo con la norma, el gravamen ya no llevará el nombre de Impuesto PAIS y se eliminan ciertas percepciones para sectores específicos, en particular en el ámbito financiero.

No obstante, los consumidores continuarán abonando este tributo en operaciones como la compra de dólar ahorro y la adquisición de bienes y servicios en el exterior.

Sin embargo, el impuesto seguirá vigente para operaciones relacionadas con los denominados "dólar ahorro", "dólar tarjeta" y "dólar turista" para no afectar la recaudación tributaria. Sin embargo, quedan excluidos del nuevo régimen el cobro de dividendos y la suscripción en pesos o títulos emitidos en dólares por el BCRA, que anteriormente estaban alcanzados por el "Impuesto PAIS".

Tal como había dado a entender el ministro de Economía, Luis Caputo, el recargo del 30% que se aplicaba a las compras con plástico (consumos en el exterior, y servicios turísticos y de transporte internacionales) no será compensado. Y así quedó plasmado en la Resolución 5617/2024, publicada en el Boletín Oficial.

Cómo queda la cotización del dólar sin el impuesto PAIS

Solo el impuesto PAIS es removido de estas cotizaciones, mientras que los demás impuestos y percepciones seguirán vigentes.

  • Dólar ahorro: también conocido como "solidario", es el dólar que se puede adquirir en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) a través de bancos o home banking, con un límite mensual de u$s200. Para calcular su valor, se suma al tipo de cambio oficial minorista ($1041,73) un 30% de impuesto PAIS y un 30% de percepción a cuenta de Ganancias. Sin el impuesto PAIS, el valor del dólar ahorro pasaría de $1.682,66 a $1.177,86.
  • Dólar tarjeta: se aplica a compras realizadas en moneda extranjera en el exterior o para servicios contratados fuera del país. El cálculo incluye un 30% de impuesto PAIS y un 30% de percepción a cuenta de Ganancias sobre el tipo de cambio minorista ($1682,66). Sin el impuesto PAIS, esta cotización bajaría de $1.682,66 a $1.177,86.
  • Dólar Netflix: esta cotización se aplica a los servicios de streaming con sede en el extranjero y es más baja que el dólar tarjeta y el ahorro. Para calcular su valor, se le añade al dólar minorista ($1041,73) un 21% de IVA, un 8% de impuesto PAIS y un 30% de percepción de Ganancias. Al eliminarse el impuesto PAIS, el dólar Netflix quedaría en $1.606.

Transacciones sujetas a la percepción del impuesto sobre el dólar tarjeta

El impuesto sobre el dólar tarjeta afecta una serie de transacciones específicas que involucran la adquisición de bienes y servicios en el exterior. Este impuesto se aplica a las siguientes situaciones:

  • Compra de divisas y billetes en moneda extranjera: incluye las compras realizadas por residentes en el país para atesoramiento o sin un destino específico, así como aquellas destinadas al pago de obligaciones vinculadas con la importación de mercaderías determinadas.

  • Cambio de divisas a través de entidades financieras: este tipo de transacción se refiere a los cambios de divisas realizados por las entidades financieras, ya sea por cuenta y orden del adquirente, locatario o prestatario, para el pago de bienes o servicios adquiridos en el exterior que se cancelen mediante tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago.

  • Cambio de divisas para el pago de servicios prestados por no residentes: en este caso, el cambio de divisas está destinado a la cancelación de servicios proporcionados por sujetos no residentes en el país, y la transacción se efectúa a través de tarjetas de crédito, compra, débito u otros medios de pago.

  • Adquisición de servicios turísticos en el exterior: La compra de servicios como alojamiento, paquetes turísticos y otros servicios relacionados con viajes contratados a través de agencias de viajes y turismo del país también queda sujeta a esta percepción.

  • Compra de servicios de transporte internacional: Incluye la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y marítimo con destino fuera del país.

Es importante destacar que la percepción del impuesto se aplicará en la medida en que se realicen pagos en pesos por las operaciones mencionadas. Además, esta percepción solo será válida si las divisas necesarias para completar la transacción deben ser adquiridas en el mercado único y libre de cambios (MULC).

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